Linea de crédito

Pignoración

Pignoración

Por esta modalidad se otorgarán créditos para la atención de necesidades urgentes del asociado, sobre los siguientes conceptos:

1. Pignoración de Prima: Se otorgan para cubrir gastos de vivienda, educación, salud, impuestos, calamidad y libre inversión.

2. Pignoración sobre vacaciones

3. Pignoración sobre bonificación de servicios

 

1. Pignoración de Prima

Requisitos especiales:

-  Firmar autorización de descuento por nomina

Fechas de habilitación de las solicitudes:

- Para vivienda, educación, salud, impuestos y    calamidad a partir del 1er día hábil del mes de junio o de diciembre de cada año.

- Para libre inversión, en el primer semestre a partir  del 1 de marzo y en el segundo semestre, a partir del 1 de septiembre.

2. Pignoración sobre vacaciones:

Requisitos especiales:

- Firmar autorización de descuento por nómina.

- Solicitud no mayor a dos (2) meses del pago de lasvacaciones, no se solicita deudor solidario.

- Se debe anexar la solicitud de vacaciones radicada y aprobada.   

3. Pignoración sobre bonificación de servicios:

Requisitos especiales:

- Firmar autorización de descuento por nomina

- Si la solicitud se presenta con antelación al cumplimiento de la bonificación entre 2 y 4 meses, se solicita afianzamiento.

- Si la solicitud se presenta con antelación al cumplimiento de la bonificación entre 0 y 2 meses, se solicita afianzamiento.